Las personas trabajadoras del hogar pueden exigir este derecho consagrado en la Constitución Política y en la Ley Federal del Trabajo
El Instituto Mexicano del Seguro Social, exhortó a quienes emplean a personas trabajadoras del hogar, a seguir lo que establece la Ley del Seguro Social, pues desde el pasado 22 de noviembre del 2022, se dictó que es obligatorio su registro.
En ese sentido, detalló que de igual forma, pueden asegurarse quienes realicen trabajo doméstico, «puede ser desde la limpieza, cuidadores de personas, aseo o cuidado de viviendas, jardinería, entre otros».
Indicó que «entre los beneficios, se encuentran todos los ramos del seguro, es decir, los servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos, además de pensiones por invalidez y vida, así como retiro de cesantía y vejez, así como guarderías y prestaciones sociales».
Expuso que en su caso, se extienden para la familia descendiente de la persona asegurada, así como para sus padres en caso de que vivan con ella y sean sus dependientes económicos.
Actualmente, las personas trabajadoras del hogar pueden exigir este derecho consagrado en la Constitución Política y en las leyes federales del trabajo y del seguro social. Por lo anterior, los empleadores están obligados a registrarlos ante el IMSS.